Érica Santillán Sánchez
Máster de Sexología y Género

 ¿Existen agresiones sexuales normalizadas?

La violencia sexual es una de las manifestaciones de la violencia de género que puede ejercerse de diversas formas y múltiples contextos[1]. Desde que en 2009 el Ministerio del Interior acomodó sus criterios a los de la Unión Europea se ha registrado que una mujer es violada en España cada 8 horas. Estos datos asustan, pero se dejan fuera muchos otros casos de violencia sexual que bien o no se registran, no se denuncian o no se entienden como tal. Como es el caso de las violaciones, ya que solo cuentan como tal aquellas en las que ha existido penetración y han sido denunciadas.

Por otra parte cabe destacar como socialmente la imagen que se tiene de las violaciones es aquella agresión sexual que es ejercida por un desconocido utilizando la fuerza física para ello. De este modo, queda invisibilizada gran parte de la violencia sexual ejercida por hombres conocidos y del entorno de las mujeres (familiares, amigos, compañeros, parejas, etc.), e incluso normalizadas; mucho más comunes de lo que creemos, tal y como nos recuerda el Instituto de la Mujer de Castilla la Mancha[2] el 82% de las mujeres y chicas agredidas conocían a su agresor.

La violencia de género en el ideario social se tiende a vincular más a parejas adultas dejado en un segundo plano los vínculos que se establecen en la etapa adolescente, donde se conforman las primeras relaciones afectivo-sexuales[3]. Dicha etapa se caracteriza por la idealización del amor romántico[4] cuya expresión se manifiesta en forma de exaltación de los sentimientos, entrega total, normalización del conflicto y despersonalización entre otros. Esto hace que en este periodo de la vida se justifiquen bajo esta idea de amor romántico determinadas conductas abusivas dentro de las relaciones afectivo-sexuales y que en muchos casos suponen una agresión sexual.

Como muestra de ello, el Consejo General de Poder Judicial refleja las estadísticas realizadas por el INE en 2015, mostrando 27.624 víctimas de violencia de género con orden de protección o medidas cautelares, de las cuales 637 mujeres eran menores de 18 años y 4.002 se encontraban comprendidas en edades de 18 y 24 años. Así, atendiendo a las menores de 18 años, 16 se registran como cónyuge en el tipo de relación, 1 como ex cónyuge, 191 como novia, 306 como exnovia, 61 como pareja de hecho y 62 como expareja de hecho.

¿Qué dicen las leyes al respecto?

El marco legislativo muestra que las primeras relaciones de poder ejercidas en el plano afectivo-sexual vulneran el art. 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000C 364/01) refiere que en el ámbito de la pareja ambas partes tienen el “derecho a su integridad física y psíquica” (Art. 3). De la misma forma, el artículo 23 garantiza la Igualdad entre hombres y mujeres, así como las medidas que sean necesarias para su consecución.

Por su parte, la Constitución Española recoge este derecho en su artículo 14 “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, y el Art. 15 dispone el derecho de todos/as a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

De la misma forma Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, justifica la necesidad intervención en su artículo 3.2. aclarando que “Los poderes públicos, en el marco de sus competencias, impulsarán además campañas de información y sensibilización específicas con el fin de prevenir la violencia de género” y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 7, define el acoso sexual como “cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”.

Sin embargo no encontramos ninguna ley específica que justifique la protección y la prevención en esta materia en base a que se tratan de derechos sexuales y que estos deben ser universales, tal y como se recoge en la Declaración de los Derechos Sexuales (1997)[5]; en los que entre otros se reconocen el derecho a la libertad sexual y el derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo (artículos 1 y 2 respectivamente) en los siguientes términos:

“El derecho a la libertad sexual. La libertad sexual abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Sin embargo esto excluye toda forma de coerción, explotación y abusos sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.

El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo. Este derecho incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro del contexto de la ética personal y social. También están incluidas la capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.”

Una propuesta de actuación con población adolescente en las Redes Sociales

La violencia machista no es un fenómeno nuevo en la adolescencia. Sin embargo, la emisión de determinados programas o series de televisión, películas y principalmente mensajes, difusiones y perfiles específicos que son seguidos por las y los jóvenes en las redes sociales (Instagram, Facebook, Twitter, Snaptchat, Youtube…) han aumentado y se han expandido notablemente en los últimos años, normalizando determinados actos que suponen una agresión sexual o violación en cita. En esta etapa además la referencia de apoyo que van a buscar se encontrará en su entorno social más cercano: amistades y grupo de iguales. Aquí será donde las Redes Sociales jugarán el papel más importante. En relación al poder que ejercen las Redes Sociales en el ámbito de la adolescencia, resulta necesario resaltar las últimas estadísticas proporcionadas por el INE en relación al uso de internet en 2016, mostrando que el 98,2% de la población femenina y el 98,6% de la masculina de entre 16 y 24 años hace uso de internet de forma habitual. Como se puede observar en las cifras planteadas y atendiendo a la realidad existente las y los jóvenes viven conectados a una red social que facilita el contacto entre iguales.

Actualmente una comunicación de dos se ha convertido en una comunicación social, donde un mensaje o declaración va a verse condicionado por la aprobación social o el índice de “popularidad” que ello suponga. Por todo ello podemos valorar que la puesta en marcha de acciones de sensibilización y prevención en las diferentes Redes Sociales constituye una estrategia metodológica y de difusión muy potente entre la población en general y el público adolescente en particular.

Además de la presencia en las redes deben diseñarse acciones dirigidas a promover el empoderamiento de las adolescentes así como a fomentar masculinidades positivas, enfocando estas al origen del problema. No se trata pues de ofrecer “trucos” y “consejos” a las adolescentes para no ser violadas, sino que se centren en ellos como únicos responsables de dichas agresiones, y en promover conductas positivas que destierren los mandatos y estereotipos machistas y heteropatriarcales.

 

Citas

[1] La violencia sexual es también violencia de género. www.medicosdelmundo.org. 24/11/2016 https://www.medicosdelmundo.org/actualidad-y-publicaciones/noticias/la-violencia-sexual-es-tambien-violencia-de-genero
[1] Esta institución ha sido pionera en el desarrollo de campañas de sensibilización y prevención de este tipo de violencias como es el caso de las violaciones en cita, bajo el eslogan “sin un sí, es no”. Estas violaciones son  aquellas que ocurren en encuentros pactados con amigos, conocidos, o con alguien a quien se acaba de conocer o incluso con quien ya se ha mantenido una relación sexual consentida.
[1] Alba Tobella. La violencia machista sobrevive en las parejas más jóvenes. El País. 28/05/2013. http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/05/28/actualidad/1369764459_765429.html
[1] “El amor romántico es, un ideal mitificado por la cultura, pero con una gran carga machista, individualista, y egoísta.” Coral Herrera, 2010.
[1] Declaración del XIII Congreso Mundial de Sexología (Valencia, España) revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS) en 1999.

Bibliografía

Alba Tobella, 2013. La violencia machista sobrevive en las parejas más jóvenes. El País. 28/05/2013.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000/C 364/01). Parlamento Europeo, Consejo y Comisión de la Unión Europea. DOUEC núm. 364 de 18 de diciembre de 2000.
Coral Herrera, 2010. La construcción sociocultural del amor romántico. Madrid: Fundamentos.
Declaración de los Derechos Sexuales. XIII Congreso Mundial de Sexología (Valencia, España – 1997) [revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS) en 1999en el 14º Congreso Mundial de Sexología, en Hong Kong ].
La violencia sexual es también violencia de género. www.medicosdelmundo.org. 24/11/2016 https://www.medicosdelmundo.org/actualidad-y-publicaciones/noticias/la-violencia-sexual-es-tambien-violencia-de-genero
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. BOE-A-2004-21760.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. BOE-A-2007-6115
[1] La violencia sexual es también violencia de género. www.medicosdelmundo.org. 24/11/2016 https://www.medicosdelmundo.org/actualidad-y-publicaciones/noticias/la-violencia-sexual-es-tambien-violencia-de-genero
[2] Esta institución ha sido pionera en el desarrollo de campañas de sensibilización y prevención de este tipo de violencias como es el caso de las violaciones en cita, bajo el eslogan “sin un sí, es no”. Estas violaciones son  aquellas que ocurren en encuentros pactados con amigos, conocidos, o con alguien a quien se acaba de conocer o incluso con quien ya se ha mantenido una relación sexual consentida.
[3] Alba Tobella. La violencia machista sobrevive en las parejas más jóvenes. El País. 28/05/2013. http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/05/28/actualidad/1369764459_765429.html
[4] “El amor romántico es, un ideal mitificado por la cultura, pero con una gran carga machista, individualista, y egoísta.” Coral Herrera, 2010.
[5] Declaración del XIII Congreso Mundial de Sexología (Valencia, España) revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS) en 1999.